Discursos y proclamas Al muy amado y respetable Clero del Obispado de Guayana 8 de noviembre de 1817

Discursos y proclamas
Al muy amado y respetable Clero del Obispado de Guayana
8 de noviembre de 1817
Simón Bolívar, jefe supremo de la república de Venezuela, capitán general de sus ejércitos y de los de la Nueva Granada
Al muy amado y respetable Clero del Obispado de Guayana, Salud!
Destituida esta Diócesis de legitimo Pastor por la sensible muerte del Illmo. señor Dr. Buenaventura Cabello, igualmente que de Cabildo su Iglesia Catedral, para que ejerza la jurisdicción. Episcopal conforme a las sanciones de los sagrados cánones, presenta un cuadro tan lamentable de orfandad, confusión y anarquía, que no puede mirar con ojos enjutos un corazón nutrido con las máximas santas del Evangelio.
Ocupado desde el momento en que se me hizo sabedor de la muerte de aquel Prelado en buscar un medio de proveer a esta urgente necesidad, en circunstancias .de hallarse obstruidos los recursos extraordinarios del Metropolitano o su Cabildo en sede vacante, por la Santa Sede para que designe el Gobernador que deba administrar la jurisdicción espiritual, he hallado, registrando en los Anales de la Iglesia, revestido al muy venerable clero de toda la autoridad para constituir el Jefe Eclesiástico que el orden de la disciplina canónica reclama.
En los siglos más luminosos de la iglesia y particularmente entre aquellos Prelados qué más la ilustraron con sus escritos, y la hicieron respetar con su piedad, como los Ignacios, los Ciprianos, etc. es indubitable que los Obispos partían, por decirlo así, su autoridad con su clero, sin cuya deliberación no emprendían cosa alguna de momento en los asuntos de su ministerio. Y si ocupadas las sillas por tan venerables pastores tenía tal parte el clero en los negocios de la Iglesia, ¿cuál le correspondería desapareciendo éstos de entre los mortales? El clero ha sido en todos tiempos el depositario, mejor diré, la fuente y origen de la autoridad eclesiástica, si se concede a ésta la antigüedad del derecho de gentes antes del sagrado origen de que la revistió Jesucristo. La respuesta del clero romano al Obispo de Cartago, es una prueba incontestable de esta verdad y un testimonio eterno con que se convence no sólo que se refundía en el clero la autoridad de los Obispos en sus respectivas Diócesis, sino que aún la de la primera. cátedra recaía como por derecho hereditario en el de Roma. Si en los últimos tiempos, variando algo la disciplina, han sido los cabildos los que la han reasumido para comunicarla a sus vicarios, no ha sido como representantes del Clero. ¿Podrá, pues, negarse a éste el ejercicio de un derecho que le es propio hallándose impedidos y sin lugar todos los otros recursos que se han propuesto?
Animado por tan inmortales monumentos y por los repetidos ejemplos que nos presenta la historia eclesiástica de las Asambleas Generales de la Iglesia convocadas por las potestades del siglo, no menos que por mi ardiente celo y amor a la causa de la Religión Cristiana, me atrevo, como Jefe Supremo de la República, a excitar, llamar, y convocar con todo el afecto de mi corazón, y en caso necesario con el poder de la autoridad, a todos y a cada uno de los que componen el muy respetable clero de esta Diócesis, para que se presenten por si a sus legítimos poderes en esta capital en el preciso término de cincuenta días, a deliberar sobre las necesidades de esta Santa Iglesia y muy particularmente a nombrar un superior eclesiástico que la administre.
Tal es el plan que he creído adaptable a nuestras circunstancias y a la grave y urgente necesidad de esta Iglesia. Yo lo propongo al muy venerable clero que espero se congregue en esta capital; pero el mismo clero usando de su plena libertad y de sus luces y conocimientos en las materias eclesiásticas, podrá discutir, acordar y. llevar a efecto el que juzgue más conducente a remediar los males en que se están precipitando él y los fieles.
Dado, firmado de mi mano, sellado con el sello provisional de la República y refrendado por el Secretario del Despacho en el Cuartel General de Angostura, a 8 de noviembre de 1817. 7°

BOLÍVAR.

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