Discursos y proclamas
Al muy amado y respetable Clero del Obispado
de Guayana
8 de noviembre de 1817
Simón Bolívar, jefe supremo de la república de
Venezuela, capitán general de sus ejércitos y de los de la Nueva Granada
Al muy amado y respetable Clero del Obispado
de Guayana, Salud!
Destituida esta Diócesis de legitimo Pastor
por la sensible muerte del Illmo. señor Dr. Buenaventura Cabello, igualmente
que de Cabildo su Iglesia Catedral, para que ejerza la jurisdicción. Episcopal
conforme a las sanciones de los sagrados cánones, presenta un cuadro tan
lamentable de orfandad, confusión y anarquía, que no puede mirar con ojos
enjutos un corazón nutrido con las máximas santas del Evangelio.
Ocupado desde el momento en que se me hizo
sabedor de la muerte de aquel Prelado en buscar un medio de proveer a esta
urgente necesidad, en circunstancias .de hallarse obstruidos los recursos
extraordinarios del Metropolitano o su Cabildo en sede vacante, por la Santa Sede para que
designe el Gobernador que deba administrar la jurisdicción espiritual, he
hallado, registrando en los Anales de la Iglesia , revestido al muy venerable clero de toda
la autoridad para constituir el Jefe Eclesiástico que el orden de la disciplina
canónica reclama.
En los siglos más luminosos de la iglesia y
particularmente entre aquellos Prelados qué más la ilustraron con sus escritos,
y la hicieron respetar con su piedad, como los Ignacios, los Ciprianos, etc. es
indubitable que los Obispos partían, por decirlo así, su autoridad con su
clero, sin cuya deliberación no emprendían cosa alguna de momento en los
asuntos de su ministerio. Y si ocupadas las sillas por tan venerables pastores
tenía tal parte el clero en los negocios de la Iglesia , ¿cuál le
correspondería desapareciendo éstos de entre los mortales? El clero ha sido en
todos tiempos el depositario, mejor diré, la fuente y origen de la autoridad
eclesiástica, si se concede a ésta la antigüedad del derecho de gentes antes
del sagrado origen de que la revistió Jesucristo. La respuesta del clero romano
al Obispo de Cartago, es una prueba incontestable de esta verdad y un
testimonio eterno con que se convence no sólo que se refundía en el clero la
autoridad de los Obispos en sus respectivas Diócesis, sino que aún la de la
primera. cátedra recaía como por derecho hereditario en el de Roma. Si en los
últimos tiempos, variando algo la disciplina, han sido los cabildos los que la
han reasumido para comunicarla a sus vicarios, no ha sido como representantes
del Clero. ¿Podrá, pues, negarse a éste el ejercicio de un derecho que le es
propio hallándose impedidos y sin lugar todos los otros recursos que se han
propuesto?
Animado por tan inmortales monumentos y por
los repetidos ejemplos que nos presenta la historia eclesiástica de las
Asambleas Generales de la Iglesia
convocadas por las potestades del siglo, no menos que por mi ardiente celo y
amor a la causa de la
Religión Cristiana , me atrevo, como Jefe Supremo de la República , a excitar,
llamar, y convocar con todo el afecto de mi corazón, y en caso necesario con el
poder de la autoridad, a todos y a cada uno de los que componen el muy
respetable clero de esta Diócesis, para que se presenten por si a sus legítimos
poderes en esta capital en el preciso término de cincuenta días, a deliberar
sobre las necesidades de esta Santa Iglesia y muy particularmente a nombrar un
superior eclesiástico que la administre.
Tal es el plan que he creído adaptable a
nuestras circunstancias y a la grave y urgente necesidad de esta Iglesia. Yo lo
propongo al muy venerable clero que espero se congregue en esta capital; pero
el mismo clero usando de su plena libertad y de sus luces y conocimientos en
las materias eclesiásticas, podrá discutir, acordar y. llevar a efecto el que
juzgue más conducente a remediar los males en que se están precipitando él y
los fieles.
Dado, firmado de mi mano, sellado con el sello
provisional de la República
y refrendado por el Secretario del Despacho en el Cuartel General de Angostura,
a 8 de noviembre de 1817. 7°
BOLÍVAR.