Correspondencia Al general Santander Chuquisaca, 27 de diciembre de 1825.


Correspondencia
Al general Santander
Chuquisaca, 27 de diciembre de 1825.
A s. E. el general F. de P. Santander.
Mi querido general:
Contesto la apreciable carta de Vd. del 6 de agosto que he recibido por el correo pasado y una de la misma fecha del general Soublette. Todavía no ha llegado el correo que hoy esperamos y, sin embargo, debe salir éste.
Todo lo que dice la carta de Vd. es agradable, sin que dé materia para una contestación detallada, porque sobre los mismos asuntos he escrito a Vd. muchas veces.
Yo creo que Escalona no sirve para mandar en Venezuela, porque no tiene bastante capacidad, y Venezuela necesita de un hombre muy superior, o, por lo menos, que tenga una inmensa popularidad.
Tanto Soublette como Vd. me hablan de las elecciones, y para cuando Vd. reciba ésta, estarán ya hechas y sabidas. Yo no dudo que Vd. salga reelecto. Es muy sensible que Páez se haya metido a candidato para un destino que no puede ejercer, pues yo mismo le tengo miedo, con tener más práctica en los negocios y más conocimiento. Soublette dice que Caracas está embochinchado y me cita los jefes y los agentes, también me dice que Cisneros y Ramírez subsisten aún. Todo esto es muy sensible, pues de una división a una destrucción no hay en Colombia más que un paso.
He visto el extracto de Mollien y las notas que Vd. ha tenido la bondad de hacer poner a sus observaciones. De todo doy a Vd. las gracias.
Me alegro mucho que el general Soublette continúe sosteniendo su carácter, sus servicios y su honradez. Siempre he creído que es uno de los mejores hombres del mundo, sin que le falte más que energía.
Mucho han dilatado los enviados de Colombia para el Istmo, después que Vd. nos convidó para junio. Ojalá Briceño llegue aunque sea al fin. Deseo ver la obra de De Pradt del año 25.
El gobierno del Río de la Plata ha entrado por fin en guerra con el Brasil. Ha mandado comprar una escuadra, levantar un ejército y pedir un empréstito para esta guerra. Están instando por concluir un tratado con la nueva república de Bolivia. También el Perú, de hecho, ha reconocido este estado, de suerte que no lo proclamo porque no se ha instalado todavía el congreso del Perú, que es el que debe decirme: sea.
A propósito, estoy haciendo una constitución muy fuerte y muy bien combinada para este país, sin violar ninguna de las tres unidades y revocando, desde la esclavitud abajo, todos los privilegios. Diré en substancia que hay un cuerpo electoral que nombra al cuerpo legislativo; pide cuanto quiere el pueblo y presenta tres candidatos para jueces, prefectos, gobernadores, corregidores, curas y vicarios de los respectivos distritos. El cuerpo legislativo se divide en censores, senadores y tribunos. Los departamentos del gobierno están divididos entre cada cámara para la iniciativa de las leyes. Pero con veto de las otras cámaras. El poder judicial es nombrado parte por el pueblo, y parte por el senado, pero con aprobación del congreso.
El poder ejecutivo se compone de un presidente vitalicio, que nombra todos los empleos de guerra, hacienda y relaciones exteriores: es inviolable.
El vicepresidente es nombrado por el presidente con la aprobación del congreso: él es el jefe de la administración con dos secretarios de estado y él es responsable de toda la administración. El presidente nombra los empleados, pero no responde de su manejo, como el cuerpo legislativo hace las leyes, y el ejecutivo las cumple. El vicepresidente es el sucesor del presidente por muerte o por renuncia.
Los ciudadanos deben ser aquellos que tengan cualidades y habilidades pero no fortuna. El que no sabe escribir, ni paga contribución, ni tiene un oficio conocido, no es ciudadano.
En general, la constitución está muy bien trabada y el discurso que daré para probar su utilidad será muy fuerte. No dudo que será mejor que el otro de Angostura, pues ya no estoy en estado de transigir con nadie. Mi constitución será más liberal que la de Colombia, pero también más durable. El general Sucre es necesario para esta constitución, y sin él no hay nada: por lo mismo, ruego a Vd. inste para que le manden facultad para aceptar este mando por algunos años. La asamblea lo ha pedido con esta mira, y si no ha llegado allá el plenipotenciario, es porque va a Lima primero y después pasará a Bogotá. Desde luego, Vd. debe haber visto la demanda que me hicieron los representantes de este país de la persona del general Sucre. Él puede quedar aquí hasta el año de 30, que es cuando puede ser útil, si acaso lo quieren para presidente o vicepresidente.
Soy.

BOLÍVAR.

Discursos y proclamas A los habitantes de los valles del Tuy 4 de marzo de 1818


Discursos y proclamas
A los habitantes de los valles del Tuy
4 de marzo de 1818
Simón Bolívar, jefe supremo de la república de Venezuela, capitán general de sus ejércitos y de los de la Nueva Granada
A los habitantes de los valles del Tuy.
Libre vuestro territorio de enemigos es vuestro primer deber reuniros al Gobierno de la República que como siempre os tratará como sus hijos predilectos. Vuestra libertad, vuestras vidas, y vuestros bienes están en perfecta seguridad.
Artículo 1º-Todos los habitantes hábiles para tomar las armas se reunirán en los pueblos de su jurisdicción trayendo consigo sus armas y sus bestias, o presentando las que tengan para el servicio de la República.
Artículo 2º-Abolida la esclavitud en Venezuela, todos los hombres que antes eran esclavos se presentarán al servicio para defender su libertad.
Articulo 3°-Los que sepan dónde existan bienes del enemigo los denunciarán para su captura.
Artículo 4°-Los comandantes y justicias de los pueblos y villas reunirán todos los vecinos y formarán de ellos cuerpos cívicos de infantería y de caballería para la defensa de sus propios hogares.
Artículo 5°-Todas las fraguas serán empleadas en construir lanzas y los armeros en componer las armas para el servicio de los mismos cuerpos cívicos.
Artículo 6°-Los comandantes de los pueblos pondrán la mayor vigilancia en conservar el orden en ellos y hacer cumplir exactamente todos los artículos de este bando.
Publíquese, y fíjese para que llegue a noticia de todos.
Cuartel general del Consejo a 14 de marzo de 1818. 8°

BOLÍVAR.

Discurso de instalación del consejo de estado en angostura 1 de noviembre de 1817


Discursos y proclamas
Discurso de instalación del consejo de estado en angostura
1 de noviembre de 1817
Señores del Consejo de Estado!
Cuando el pueblo de Venezuela rompió los lazos opresivos que lo unían a la nación española, fué su primer objeto establecer una constitución sobre las bases de la política moderna, cuyos principios capitales son la división de poderes y el equilibrio de las autoridades. Entonces, proscribiendo la tiránica institución de la monarquía española, adoptó el sistema republicano más conforme a la justicia; y entre las formas republicanas escogió la más liberal de todas, la federal.
Las vicisitudes de la guerra, que fueron tan contrarias a las armas venezolanas, hicieron' desaparecer la República y con ella todas sus instituciones. No quedó otro vestigio de nuestra regeneración que algunas reliquias dispersas de los defensores de la patria, que volviendo por la Nueva Granada y Güiria restablecieron el Gobierno independiente de- Venezuela. Las circunstancias que acompañaron a esta nueva reacción fueron- tales y tan extraordinarias, y tan rápidos y tan impetuosos los movimientos de la guerra, que entonces fué imposible dar al Gobierno de la República la regularidad constitucional que las actas del Congreso habían decretado, en la primera época. Toda la fuerza y, por decirlo así, toda la violencia de un Gobierno militar bastaba apenas a contener el torrente devastador de la insurrección, de la anarquía y de la guerra. ¿Y que otra constitución que la dictatorial podía convenir en tiempos tan calamitosos?
Así lo pensaron todos los venezolanos y así se apresuraron a someterse a esta terrible, pero necesaria administración. Los ejemplos de Roma eran el consuelo y la guía de nuestros conciudadanos.
Vuelto a desaparecer el Gobierno de la República, insurrecciones parciales sostuvieron aunque precariamente sus banderas, pero no su Gobierno, pues que este había sido enteramente extinguido. En la isla de Mal-garita volvió a tomar una forma regular la marcha de la República; pero siempre con el carácter militar desgraciadamente anexo al ,estado de guerra. El tercer período de Venezuela no había presentado hasta aquí un momento tan favorable, en que se pudiese colocar al abrigo de las tempestades la arca. de nuestra constitución. Yo he anhelado, y podría decir que he vivido desesperado, en tanto que he visto a mi patria sin constitución, sin leyes, sin tribunales, regida por el solo arbitrio de los mandatarios, sin mas guías que sus banderas, sin mas principios que la destrucción de los tiranos, y sin más sistema que el de la independencia y de la libertad. Yo me he apresurado, salvando todas las dificultades, a dar a mi patria el beneficio de un Gobierno moderado, justo, y legal. Si no lo és, V. E. va a decidirlo: mi ánimo ha sido establecerlo.
Por la asamblea de Margarita de 6 de mayo de 1816, la República de Venezuela fué decretada una e indivisible. Los pueblos y los ejércitos, que hasta ahora han combatido por la libertad, han sancionado, por el más solemne y unánime reconocimiento, esta acta, que, al mismo tiempo que reunió los estados de Venezuela en uno solo, creó y nombró un poder ejecutivo bajo el titulo de jefe supremo de la República. Así solo faltaba la institución del cuerpo legislativo y del poder judiciario.
La creación del Consejo de Estado, va a llenar las augustas funciones del poder .legislativo no en toda la latitud que corresponde a la soberanía de este cuerpo, por que seria incompatible con la extensión Y .vigor que ha recibido el poder ejecutivo, no solo para libertar el territorio y pacificarlo, sino para crear el cuerpo entero de la República; obra que requiere medios proporcionados a su magnitud y cuantas fuerzas pueden residir en el Gobierno más concentrado. El Consejo de Estado, como V. E. verá por su creación, está destinado a suplir en parte las funciones del cuerpo legislativo. A él corresponde la iniciativa de las leyes, reglamentos, e instituciones que en su sabiduría juzgue necesarios a la salud de la República. El será consultado por el poder ejecutivo antes de poner en ejecución las leyes, reglamentos e instituciones que el Gobierno decreta. En todos los casos arduos, el dictamen del Consejo de Estado 'será oído y sus avisos tendrán la más grande influencia en las deliberaciones del Jefe Supremo.
La Alta Corte de Justicia, que forma el tercer poder del cuerpo soberano, se ha restablecido ya, y su instalación no ha tenido efecto, porque antes me ha parecido consultar al Consejo sobre tan importante institución, su forma, y los funcionarios que han de llenar estas eminentes dignidades. La Alta Corte de Justicia es la primera necesidad de la República. Con ella quedarán a cubierto los derechos de todos, y las propiedades, la inocencia y los méritos de los ciudadanos no serán hollados por la arbitrariedad de ningún jefe militar o civil, y ni aún del jefe supremo. El poder judiciario de la Alta Corte de Justicia goza de toda la independencia, que le concede la constitución federal de la República de Venezuela.
La erección de un tribunal de comercio o cuerpo consular ha tenido lugar en favor de los asuntos comerciales y de la protección de la agricultura, que tanto ha menester de prontas y urgentes medidas. La erección del consulado hará conocer a V. E. la naturaleza de este benéfico cuerpo.
Las provincias libres de Venezuela han recibido la organización regular que han permitido las circunstancias y la situación del enemigo. En Barcelona el general de brigada Tadeo Monagas ha sido nombrado gobernador y comandante general de aquella provincia prescribiéndole los límites que anteriormente tenía, el número y la fuerza de los cuerpos militares que deben defenderla y pacificarla. Un gobernador civil está encargado provisionalmente del poder judicial de aquella provincia: pero inmediatamente sujeto a la Alta Corte de justicia. El general Monagas ha recibido instrucciones detalladas para la conservación de los bienes nacionales, el restablecimiento del orden civil en toda la provincia, y su organización.
El general de división José Francisco Bermúdez, nombrado gobernador y comandante general de la provincia de Cumaná, ha sido encargado por el Gobierno del doble objeto de pacificar la provincia y libertar la capital, para lo cual debe organizar y disciplinar tres o cuatro batallones de infantería, y uno o dos escuadrones de caballería, tanto para expulsar los españoles, como para destruir las facciones, que la disidencia del general Mariño había producido en la provincia, aplicando su mayor atención a restablecer el orden que el espíritu de partido había allí alterado, y a proteger la agricultura, el comercio, y la industria; tratando a los cumanenses con la suavidad que ellos son acreedores por su fidelidad a la causa de la independencia.
La invicta isla de Margarita, que a la sombra de sus laureles podía descansar en el reposo que procura la paz, ha necesitado en estos últimos tiempos de todos los cuidados de un Gobierno paternal. Las victorias de Margarita han agotado sus recursos; así, armas y pertrechos se han mandado comprar para auxiliarla, y el almirante Brion está especialmente encargado de llenar este agradable deber en favor de un pueblo que merece ser libre, y ha menester la protección de sus hermanos.
La organización de Margarita es la obra del benemérito general Arismendi, y a su cabeza se halla actualmente el general Francisco Esteban Gómez.
El general Páez que ha salvado las reliquias de la Nueva Granada, tiene bajo la protección de las armas de la República las provincias de Barinas y Casanare. Ambas tienen sus gobernadores políticos y civiles y sus organizaciones cual las circunstancias han permitido; pero el orden, la subordinación y buena disciplina reinan allí por todas partes, y no parece que la guerra agita aquellas bellas provincias. Ellas han reconocido y prestado juramento a la autoridad suprema, y sus rmagistrados merecen la confianza del Gobierno.
Libertada Guayana por las armas venezolanas ha sido mi primer cuidado incorporar esta Provincia como parte integrante, a la República de Venezuela, y ordenar la erección de un cuerpo municipal. Ella ha sido dividida en tres departamentos cuyos límites se han fijado según la naturaleza del país, y su organización civil y militar consta por los documentos que presento a la consideración de V. E.
El general de división Manuel Sedeño está nombrado gobernador y comandante general de la provincia de Guayana, y su defensa le está igualmente encargada con diez escuadrones de caballería, dos batallones de infantería y dos compañías de artillería, y de la guardia nacional.
Desde la segunda época de la República ha sido conocida la necesidad de fijar un centro de autoridad para las relaciones exteriores, recibir cónsules y enviados extranjeros, entablar, concluir negociaciones de comercio, comprar y contratar armas, municiones, vestuarios, y toda especie de elementos de guerra. Pero sobre todo el objeto más importante que reclama imperiosamente el nombramiento de un Consejo de Gobierno, es el de llenar provisionalmente las funciones del Jefe Supremo en caso de fallecimiento. La República sufrirá un considerable trastorno, si el Consejo de Gobierno no quedase establecido, antes de emprender yo la próxima campaña. Por tanto me congratulo con V. E. de haber procurado este nuevo apoyo a la República.
Los soldados del ejército libertador eran demasiado acreedores a las recompensas del Gobierno, para que hubiese podido olvidarlos. Hombres que han arrostrado todos los peligros, que han abandonado todos los bienes, y que han sufrido todos los males no debían quedar sin el justo galardón que merecen su desprendimiento, su valor y su virtud. Yo pues, a nombre de la República he mandado distribuir todos los bienes nacionales entre los defensores de la patria. La ley, que fija los términos y la especie de esta donación, es el documento que con mayor satisfacción tengo él honor de ofrecer al consejo. El premio del mérito es el acto más augusto del poder humano.
La ciudad de Angostura será provisoriamente la residencia y capital del Gobierno de Venezuela. Permanecerán, pues, en ella hasta que la capital de Caracas sea libertada, los Consejos de Gobierno y Estado, la Alta Corte de Justicia, y la comisión especial para la repartición de los bienes nacionales entre los militares del ejército libertador.
La religión de Jesús, que el Congreso de Venezuela decretó como la exclusiva y dominante del Estado, ha llamado poderosamente mi atención pues la orfandad espiritual, a que desgraciadamente nos hallamos reducidos, nos compele imperiosamente a convocar una junta eclesiástica, a que estoy autorizado como jefe de un pueblo cristiano, que nada puede segregar <le la comunidad de la Iglesia romana. Esta convocatoria, que es el fruto de mis consultas a eclesiásticos doctos y piadosos, llenará de consuelo el ánimo afligido de los discípulos de Jesús, y de nuestros religiosos conciudadanos.
Señores del Consejo de Estado!

La instalación de un cuerpo tan respetable y digno de confianza del pueblo es una época fausta para la nación. El Gobierno que, en medio de tantas catástrofes y aislado entre tantos escollos, no contaba antes con ningún apoyo, tendrá ahora por guía una congregación de ilustres militares, magistrados, jueces, y administradores, y se hallará en lo futuro protegido, no solo de una fuerza efectiva, sino sostenido de la primera de todas las fuerzas, que es la opinión pública. La consideración popular, que sabrá inspirar el Consejo de Estado, será el más firme escudo del Gobierno.

Discursos y proclamas Habitantes del Río de la Plata! 12 de junio, de 1818

Discursos y proclamas
Habitantes del Río de la Plata!
12 de junio, de 1818
Simón Bolívar, jefe supremo de la república de Venezuela
Habitantes del Río de la Plata!
Vuestros hermanos de Venezuela han seguido con vosotros la gloriosa carrera que desde el 19 de abril de 1810 ha hecho recobrar a la América la existencia política de que la habían privado los tiranos de España. Venezuela ha visto con gozo y admiración vuestra sabia reforma, vuestra gloria militar, y vuestra felicidad pública. Ella no ha podido lisonjearse de haberos igualado en fortuna; pero si en los principios, y en el objeto. En todo hemos sido iguales. Sólo la fatalidad, anexa a Venezuela, la ha hecho sucumbir dos veces, y su tercer período se disputa con un encarnizamiento de que únicamente nuestra historia suministra ejemplo. Ocho años de combates, de sacrificios, y de ruinas, han dado a nuestra patria el derecho de igualarse a la vuestra, aunque infinitamente más espléndida y dichosa.
La sabiduría del Gobierno del Río de la Plata en todos los departamentos de su administración: sus transacciones políticas con las naciones extranjeras, y el poder de sus armas en el fondo del Perú y en la región de Chile, son ejemplos elocuentes que persuadirán a los pueblos de la América a seguir la noble senda del honor y libertad. Venezuela, aunque de lejos, no os perderá de vista.
Habitantes del Río de la Plata! La República de Venezuela, aunque cubierta de luto, os ofrece su hermandad; y cuando cubierta de laureles haya extinguido los últimos tiranos que profanan su suelo, entonces os convidará a una sola sociedad, para que nuestra divisa sea Unidad en la América Meridional.
Cuartel General de Angostura, a 12 de junio, de 1818. -8º.

SIMÓN BOLÍVAR.

Discursos y proclamas Guayaneses 16 de mayo de 1817

Discursos y proclamas
Guayaneses
16 de mayo de 1817
Simón Bolívar, jefe supremo y capitán general de los ejércitos de Venezuela y de la Nueva Granada
Guayaneses:
El ejército libertador de Venezuela ha venido a quebrantar vuestras cadenas, y vuestros opresores han desaparecido delante de las armas republicanas, señaladamente en los campos de San Félix, donde quedó
sepultado el ejército español que conducía Morillo desde la Nueva Granada. Este triunfo unido al ejército que yo mismo he traído para auxiliaros deben completar vuestra libertad. La división de S. E. el general Piar era ya formidable aumentada con sus propias victorias. La del general Bermúdez es ella sola suficiente para defenderse contra todos los ataques enemigos; reposad, pues, a la sombra de los laureles de vuestros libertadores.
Resuelto a tomar al asalto la ciudad de Angostura el acontecimiento más feliz acaba de detener el ímpetu de nuestros bravos soldados, S. E. el Almirante de la República ha llegado ya a las embocaduras del Orinoco con una fuerte escuadrilla a destruir a la vez las fuerzas de mar y tierra de vuestros tiranos. Nuevos elementos de armas y municiones os vienen para vuestra defensa. No nos falta más sino la gloria de llevar nuestras armas vencedoras a extender el imperio de la libertad a las últimas extremidades de Venezuela.
Guayaneses: vuestro primer magistrado ha venido a vuestro seno a dedicarse eficazmente a la organización del gobierno civil y a la administración de rentas. Yo he venido a protegeros con la justicia como han hecho los soldados con sus armas.
Contad, pues, para siempre con la libertad, la justicia y la gloria.
Cuartel general de la Mesa, frente a Angostura, mayo 16 de 1817. -7°
BOLÍVAR.

El original existe en Bogotá en el Archivo Nacional, Secretaría de Guerra y Marina. Tomo 323, página 25. Copiada por don Eduardo Posada.

Discursos y proclamas La ley marcial 11 de diciembre de 1817

Discursos y proclamas
La ley marcial
11 de diciembre de 1817
Simón Bolívar,  jefe supremo de la república de Venezuela
Considerando que la República necesita urgentemente del- servicio y cooperación activa de todos los ciudadanos por espacio de dos meses, cuyo tiempo es suficiente para destruir el resto de las fuerzas españolas, que se reúnen y concentran; he tenido a bien decretar y decreto lo siguiente:
1°-El pueblo libre de Venezuela se levantará en masa a tomar las armas para destruir a sus enemigos.
2°-Todos los hombres existentes en el territorio libre de Venezuela desde la edad de catorce años hasta la de sesenta inclusive se presentarán a los Comandantes Militares de las Ciudades, Villas, Pueblos, o Cantones a que pertenezcan para ser alistados.
3°-Todos los que después de ocho días de publicado este Decreto fueren aprehendidos sin estar alistados en algún Cuerpo, serán reputados como traidores a la Patria, o como desertores, y como tales pasados irremisiblemente por las armas en cualquier número que sean,
4°-Los que auxiliaren, protegieren, u ocultaren algún ciudadano para no ser comprendido en este alistamiento general, incurrirán, como éstos en la pena capital.
5°-Los Comandantes Militares y Políticos que por cualquiera causa o pretexto no ejecutaren rigurosa y estrictamente esta Ley, y permitieren que en el territorio de su mando quede un solo hombre sin ser alistado, incurrirán también en la pena capital.
6°-Todo ciudadano que en el espacio de estos dos meses fuere encontrado en cualquier lugar del territorio libre de Venezuela sin estar alistado en algún Cuerpo o pertenecer al Servicio Público, será reputado como Traidor, o como Desertor, y como tal sufrirá la pena de muerte. En este espacio de tiempo el ciudadano de Venezuela que no perteneciere a algún Cuerpo o no estuviere en servicio activo de la República está fuera de la Ley.
7°-Los Comandantes Militares están autorizados para ejecutar esta Ley sobre los ciudadanos, los Gobernadores y Comandantes Generales de las Provincias sobre los Comandantes Militares y los Jefes sobre sus subalternos.
8°-Ningún ciudadano podrá transitar de un lugar a otro, sin tener un documento firmado del Comandante de su Distrito, o del jefe del Cuerpo donde sirva.
Dada, firmada por mi mano, sellada con el sello provisional de la República, y refrendada por el infrascrito Secretario del Despacho, en el Cuartel General de Angostura, a 11 de diciembre de 1817. -7°
BOLÍVAR.
J. G. Pérez, Secretario.
Andrés Roderick, impresor del Gobierno

Discursos y proclamas A los pueblos de Venezuela 5 de agosto de 1817

                                                                          Discursos y proclamas
A los pueblos de Venezuela
5 de agosto de 1817
Simón Bolívar, jefe supremo de la república de Venezuela
A los pueblos de Venezuela.
Ciudadanos. La más grande aflicción que puede sobrevenir al ánimo de un magistrado, es aquélla que lo obliga a emplear la Espada de la justicia contra un ciudadano que fué benemérito de la Patria.
Yo denuncio a la faz de la nación el crimen más atroz que ha podido cometer un hombre contra la sociedad, el Gobierno y la Patria. El general Piar es el autor execrable de este fatal delito. Colmado de los honores supremos de la milicia, de la consideración pública y de la confianza del Gobierno nada quedaba a este ciudadano a que .aspirar sino a la gloria de titularse bienhechor de la República. ¡Con qué horror pues, no oiréis que este hombre tan favorecido de la fortuna haya pretendido sumergiros en el piélago espantoso de la anarquía! Sí, venezolanos, el general Piar ha formado una conjuración destructora del sistema de igualdad, libertad e independencia. Pero no os admiréis de esta monstruosidad de -parte de un hombre cuya vida ha sido un tejido de conspiraciones, crímenes y violencias. Nacido en un país extraño, de una madre que tampoco es venezolana y de un padre canario, ningún sentimiento de amor ha podido recibir al nacer, menos aún en el curso de su educación.

Engreído el general Piar de pertenecer a una familia noble de Tenerife, negaba desde sus primeros años, ¡¡¡qué horrible escándalo!!! negaba conocer el infeliz seno que había llevado este aborto en sus entrañas. Tan nefando en su desnaturaliza

sin fecha General Simón Bolívar Muy señor mío

 /sin fecha General Simón Bolívar Muy señor mío: Mi genio, mi Simón, amor mío, amor intenso y despiadado. Sólo por la gracia de encontrarnos...